17 de abril de 2013

Observaciones y Sugerencias al Texto Sustitutorio del Proyecto de Ley de Prevención y Control de la Tuberculosis en el Perú. 17-Abril-2013



Observaciones y Sugerencias al Texto Sustitutorio del Proyecto de Ley de Prevención y Control de la Tuberculosis en el Perú


Escribe: Md. Gustavo Silva Paredes

 

I.- CONSIDERANDOS:


  1. La Tuberculosis (TB) es una enfermedad prevenible y curable[1].
  2. En el Perú se estima que entre el 30 y 40% de la población está infectada por el bacilo de la Tuberculosis (TB)[2].
  3. Se sabe que por cada persona que enferme puede contagiar a 15 personas si no recibe tratamiento6.
  4. En el Perú en un año se presentan aproximadamente un total de 1’354,408 Sintomáticos Respiratorios (SR) o personas que presentaron tos con flema por más de 15 días[3].
  5. Cada año en el Perú se notifican 32 mil casos nuevos de TB activa, lo que hace una tasa de morbilidad de 108 casos por 100 mil habitantes, cifra que coloca al Perú en el tercer lugar de los países con mayor carga de enfermedad tuberculosa en las Américas1.
  6. El descenso en la incidencia de la tuberculosis en el Perú es menor al 5% anual, cifra establecida en los estándares mundiales8.
  7. Más de un tercio de los casos de Tuberculosis Multidrogo Resistente (TB-MDR) en la Región Latinoamericana son casos notificados en Perú.[4]
  8. Existe el riesgo de que las cepas de TB-MDR puedan propagarse extensamente, así lo afirman la Organización Mundial de la Salud (OMS) y el Fondo Mundial de lucha contra el SIDA, la tuberculosis y la malaria[5].
  9. En el Perú, no existen estadísticas actualizadas de la TB pese a ser un serio problema de salud pública. Los datos utilizados en la mayoría de artículos, revisiones, ponencias, proyectos de ley, etc. son del año 2010[6].
  10. La distribución de la tuberculosis en la población refleja la distribución de los determinantes sociales,  que influyen en las cuatro etapas de la patogénesis de la tuberculosis: 1) la exposición a la infección, 2) la progresión de la enfermedad, 3)el diagnóstico tardío o inadecuado y 4) la pobre adherencia al tratamiento y éxito del mismo9.

II.- OBSERVACIONES Y SUGERENCIAS




OBSERVACIÓN N°1.-


Capítulo I Disposiciones Generales


Artículo 1. Objetivo de la ley:
“La presente Ley tiene el objeto de regular los mecanismos de articulación entre los sectores involucrados en la prevención y el control de la tuberculosis, garantizando la cobertura y continuidad de una política de Estado de lucha contra esta enfermedad”.

El objetivo de la presente Ley no se corresponde con su contenido. En el presente texto sustitutorio, no se identifican, definen ni establecen los mecanismos que permitan la articulación de los diferentes sectores involucrados. Se menciona la “coordinación”, proceso que bien o mal se viene desarrollando en la actualidad, no aportándose otro mecanismo que garantice la articulación de los sectores.
Como se detalla en la observación N° 3, la designación de  tareas a  Ministerios y Gobiernos regionales y locales, no son mecanismos de articulación.
Por lo que está pendiente trabajar aún más en el diseño de los mecanismos de articulación, una alternativa podría ser el iniciar el planteamiento de Salud en Todas las Políticas[7], lo cual implicaría que para definir los mecanismos de articulación se establezcan por ejemplo equipos multisectoriales.

Artículo 2. Definiciones para los efectos de la presente ley
a) Tuberculosis (TB). Enfermedad infectocontagiosa producida por la bacteria o bacilo Mycobacterium tuberculosis que afecta al ser humano, produciendo una enfermedad crónica que compromete principalmente los pulmones, aunque puede afectar cualquier otro órgano.

Teniendo en cuenta las definiciones del Reporte Global de Tuberculosis 2012[8], podría modificarse la redacción de la siguiente manera:
a) Tuberculosis (TB): Enfermedad infectocontagiosa producida por el bacilo Mycobacterium tuberculosis que afecta al ser humano, produciendo una enfermedad crónica que compromete principalmente a los pulmones, aunque puede afectar cualquier otro órgano.

Se podrían añadir también las definiciones contempladas por la OMS[9]:

Tuberculosis  Sensible: Forma de tuberculosis que se puede tratar mediante la administración de antibióticos  de primera línea durante seis meses.

Tuberculosis Multirresistente (TB-MDR): Forma específica de tuberculosis drogorresistente. Se manifiesta cuando las bacterias causantes de la tuberculosis son resistentes por lo menos a la isoniazida y a la rifampicina, los dos medicamentos antituberculosos más potentes.

Tuberculosis Extremadamente Drogorresistente (TB-XDR): Forma de Tuberculosis que presenta resistencia a dichos medicamentos, mas a todos los tipos de fluoroquinolonas y a por lo menos uno de los tres medicamentos inyectables de  segunda línea (capreomicina, kanamicina y amikacina).

Otra alternativa sería la de emplear las definiciones de la última revisión realizada por la OMS en abril de 2013 (Definitions and reporting framework for tuberculosis – 2013 revision)[10], para así mantener la uniformidad en la publicación de los indicadores de desempeño de la Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de la Tuberculosis (ESN-PCT) con el resto de países.  En la mencionada revisión se realizan definiciones tomado en cuenta cuatro ítems: 1) Localización anatómica de la enfermedad, 2) Historia de tratamientos anteriores, 3) Presencia de VIH, 4) presencia de resistencia a  drogas.

Tomando en consideración la articulación del trabajo multisectorial para el control de la tuberculosis sería conveniente incluir las definiciones de gobierno local y regional, sociedad civil, vigilancia ciudadana, todos actores claves en la articulación multisectorial.
Teniendo en cuenta el artículo 34 de la presente Ley, sería conveniente incluir también la definición de “Término de Tratamiento”.
Así también teniendo en cuenta el artículo 32 de la presente Ley se debería definir “los medicamentos de primera y segunda línea de tratamiento”.

OBSERVACIÓN N°2.-

Capítulo II  Derechos de la Persona Afectada por Tuberculosis


Artículo 3. Derecho a una atención integral  de salud

“3.2      La atención integral de salud comprende la promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento y atención especializada, según requerimiento de la persona afectada y otros que se fueran incorporando en la norma técnica nacional”.

Con el fin de no limitar sólo a la atención especializada y promover la atención integral, la redacción podría modificarse de la siguiente manera:
3.2 La atención de la persona afectada de tuberculosis comprende la promoción, prevención, diagnostico, tratamiento integral, rehabilitación, y otros que se fueran incorporando en la norma técnica nacional.

Artículo 4. Derecho a la no discriminación y canalización de denuncias
           
“4.2      Las denuncias por discriminación motivadas por cualquier forma clínica de tuberculosis, que se presenten en el interior de las instituciones públicas, privadas o mixtas, pueden ser canalizadas a través del órgano correspondiente o en su defecto por la Defensoría del Pueblo”.

Con el fin de fortalecer la transparencia y asignar responsabilidades, se debería nombrar a cada una de las instituciones u organismos a los que puede recurrir un paciente con tuberculosis tomando en consideración las diferentes Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPRESS).

Se debería de incluir también el derecho al respeto de la intimidad de paciente con Tuberculosis.

Artículo 5. Derecho a gozar de los programas estatales de inclusión social

“La persona afectada por tuberculosis tiene derecho a gozar, con carácter prioritario, de los beneficios provistos por los programas estatales de inclusión social. El goce de estos beneficios está sujeto al cumplimiento de los requisitos de selección de cada programa y a la adherencia al tratamiento médico”

Considerando el objetivo del presente artículo: la inclusión social, se podría redactar de la siguiente manera:
La persona afectada por tuberculosis tiene derecho a acceder con carácter prioritario a los beneficios provistos por los programas estatales de inclusión social. El acceso a estos beneficios está sujeto al cumplimiento de los requisitos de selección de cada programa y a la adherencia al tratamiento médico.

El Artículo 5 es el único artículo que aborda los Determinantes Sociales de la Salud.

A Pesar del consenso cada vez mayor que  indica que el progreso en el control de la tuberculosis en los países de bajos y medianos ingresos, requiere no sólo la inversión en el fortalecimiento de los programas de control, diagnóstico y tratamiento de la tuberculosis, sino también en la acción sobre los determinantes sociales de la tuberculosis[11]. No son considerados en la norma.
Si Tenemos en cuenta que el creciente interés en el  mundo por los determinantes sociales de la tuberculosis se debe simplemente al creciente número de casos de tuberculosis y a su distribución desigual en todo el mundo. No sólo porque en el 2010 se observó  más casos de TB que nunca antes en la historia humana, si no también que estos casos siguen agrupándose entre los grupos desfavorecidos, como los pobres, y las minorías étnicas. ¿Porqué siguen sin tenerse en cuenta?
Debemos tener presente que los principales determinantes estructurales de la epidemiología de la tuberculosis incluyen las desigualdades socio económicas globales, altos niveles de movilidad de la población, la rápida urbanización y el crecimiento demográfico. Estas condiciones dan lugar a una distribución desigual de los principales determinantes sociales de la TB, incluyendo la inseguridad alimentaria, la desnutrición, malas condiciones de vivienda y ambientales, financieras, geográficos y las barreras culturales al acceso a la atención médica. A su vez, la distribución de la tuberculosis en la población refleja la distribución de estos determinantes sociales que influyen en las 4 etapas de la patogénesis de la tuberculosis: la exposición a la infección, la progresión de la enfermedad, el diagnóstico tardío o inadecuado y la pobre adherencia al tratamiento y éxito del mismo9.
 

Figura 1 Los factores de riesgo para las diferentes etapas de la patogénesis de la tuberculosis y la epidemiología

La acción sobre los determinantes sociales de la TB requiere cambiar el destino a "las condiciones en que las poblaciones con altos niveles de TB crecen, viven, trabajan y envejecen".  Aunque las definiciones varían, estos enfoques se refieren a veces como intervenciones estructurales. Estas intervenciones requieren a menudo el liderazgo o la participación significativa de fuera del sector salud9.

 
Figura 2 Marco conceptual y puntos de entrada estratégicos para la intervención fuera del sector salud.

Se debería de incluir en la presente Ley, la posibilidad de crear un programa social que permita a los pacientes con TB, TB MDR y TB XDR, acceder a iniciativas de micro financiación proporcionándoles así el acceso a créditos para mejorar sus oportunidades de participar en las actividades económicamente productivas; diseñar iniciativas de capacitación para apoyar el desarrollo del capital humano, fundamental para apoyar su desarrollo individual y colectivo, permitiéndole participar de actividades productivas y romper así el ciclo de la pobreza.

En el caso de los pacientes con TB XDR se le podría dar un subsidio económico cuando el paciente sea quien genere los ingresos a la familia.

Es necesario garantizar la ayuda alimentaria, por lo que se debería identificar la responsabilidad que debe asumir cada institución en la entrega de la canasta alimentaria al paciente afectado con tuberculosis. Se debería garantizar también el acceso a una canasta de víveres para abastecer a nivel nacional, todos los días de la semana, a los pacientes con tuberculosis y a su familia, calculada sobre una base de cuatro miembros, considerando  su presupuesto finalista.

No se aborda el tema de la urbanización ni su relación con la expansión de la tuberculosis, teniendo en cuenta que la tuberculosis es más común en las zonas urbanas que en las rurales, y por lo tanto, es un problema mayor en las sociedades con más rápido proceso de urbanización[12]. Siendo consecuentes con el objetivo general de la presente norma se podría elaborar alguna medida en coordinación con el Ministerio de Vivienda.

Si bien se menciona el transporte público en la sexta  Disposición Complementaria, dada su comprobada participación como factor de riesgo[13] para la transmisión de la TB, TB MDR, TB XDR., reforzando su importancia en  publicaciones científicas que tienen como conclusión que el uso de transporte público informal es un factor de riesgo para la infección de la tuberculosis y un riesgo ocupacional en países con características similares a las de Perú[14].  Exigen que el tema del transporte público sea incluido en la presente norma de manera integral y tecnica. Nuevamente siendo congruente con el objetivo general de la presente norma, es una oportunidad para coordinar con el Ministerio de Transportes, gobiernos locales, sociedad civil, etc. el diseño de medidas que permitan disminuir el riesgo de infección al que están expuestos todos los ciudadanos que usan el transporte público.
  

OBSERVACIÓN N°3.- 


Capítulo IV Mecanismos de articulación para la prevención y  control de la tuberculosis


Artículo 8. Plan Nacional Contra la Tuberculosis
“8.1      Encargase al Ministerio de Salud la  elaboración del Plan Nacional Contra la Tuberculosis, el cual es aprobado por resolución suprema con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros”.
El objetivo de elaborar un Plan Nacional Contra la Tuberculosis, debería se una oportunidad para realizar una convocatoria amplia que de mayor sustento técnico y científico al diseño y elaboración de estrategias que nos permitan controlar la tuberculosis en el país (incidencia anual de 20 por 100000 habitantes). Es tiempo de unir al país en el abordaje de un problema nacional.
Por lo que se podría redactar de la siguiente manera:
8.1 Encárguese al Ministerio de Salud la convocatoria nacional y amplia para la elaboración del Plan Nacional para el Control de la Tuberculosis, el cual es aprobado por resolución suprema con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros.

Los ítems:
8.2       Los sectores ministeriales involucrados en la problemática de tuberculosis, la Municipalidad Metropolitana de Lima y los gobiernos regionales y locales elaboran en sus respectivas jurisdicciones, un plan específico que establezca los mecanismos de prevención y control de esta enfermedad de acuerdo con el Plan Nacional Contra la Tuberculosis.
8.3       Los planes referidos se elaboran en coordinación como ente rector del Sistema Nacional de Salud.

Se podrían redactar de la siguiente manera:

8.2 Los sectores ministeriales involucrados en la problemática de tuberculosis, la Municipalidad Metropolitana de Lima y los gobiernos regionales y locales adaptan en sus respectivas jurisdicciones el Plan Nacional de Lucha Contra la Tuberculosis, estableciendo los mecanismos de prevención, control y tratamiento de esta enfermedad en coordinación y con la asistencia técnica del Ministerio de Salud.

Artículo 9. Partidas presupuestales sectoriales para financiar actividades de prevención y control de tuberculosis

9.1       Los ministerios de Salud; Economía y Finanzas; Trabajo y Promoción del Empleo; Justicia y Derechos Humanos; Educación; Interior; Defensa; Vivienda, Construcción y Saneamiento; Desarrollo e Inclusión Social; Transporte y Comunicaciones; Mujer y Poblaciones Vulnerables y Producción; la Municipalidad Metropolitana de Lima y los gobiernos regionales y locales a nivel nacional garantizan en sus presupuestos institucionales anuales las partidas presupuestales para el financiamiento de las actividades de prevención y control de la tuberculosis, de manera que puedan ser identificadas, verificadas y monitorizadas con facilidad. Estas actividades deben ser sostenibles en el tiempo conforme con una política de Estado a largo plazo.

Teniendo en cuenta la Disposición complementaria Nº 1. Todos los actores mencionados en el ítem 9.1 deberían de priorizar y garantizar y no sólo garantizar en sus partidas presupuestales las actividades de prevención, control y tratamiento de la tuberculosis.
Otro aspecto que se podría abordar en los presupuestos que el Ministerio de Economía apruebe con el objetico de controlar la tuberculosis, es la posibilidad de que sean presupuestos finalistas en cada uno de los ministerios, gobiernos locales y regionales.

9.2       Los sectores ministeriales señalados, la Municipalidad Metropolitana de Lima y los gobiernos regionales y locales a nivel nacional garantizan, en caso corresponda a sus competencias, las partidas presupuestales para mejorar la infraestructura y equipamiento en los establecimientos de salud y la contratación de personal profesional de salud que atienda esta enfermedad.

Se sugiere que se debería de ampliar a priorizar y garantizar  y no sólo garantizar, en caso corresponda a sus competencias, las partidas presupuestales para mejorar la infraestructura y equipamiento en los establecimientos de salud y la contratación de personal profesional de salud que atienda esta enfermedad.

Un factor importante que no se detalla es quien evalúa los objetivos mencionados en los ítems 9.1 y 9.2. No podría ser el Ministerio de Salud porque no puede ser uno juez y parte, se debería definir la autoridad encargada de velar el cumplimiento de los ítems 9.1 y 9.2.

Es en este capítulo IV, donde se deberían de definir los mecanismos de articulación  entre los sectores involucrados en la prevención y el control de la tuberculosis, objetivo general de la presente norma, pero en sus tres artículos no se identifican, definen ni establecen los mecanismos, salvo la “coordinación” que bien o  mal es un proceso que se desarrolla actualmente, pero evidentemente no con buenos resultados.
Por lo que el objetivo general de la presente norma no se corresponde con el contenido de la misma.
El asignar tareas de priorización y garantizar presupuestos no implica mecanismos de articulación. Como tampoco lo son la asignación de tareas a distintos ministerios, sin mecanismos que permitan elaboración, aplicación y evaluación de políticas, sin alianzas ni mecanismos de retroalimentación, sin sistemas de información transversales.Por lo que sería una gran oportunidad para iniciar el planteamiento de Salud en Todas las Políticas6, lo cual implicaría que para definir los mecanismos de regulación se establezcan por ejemplo equipos multisectoriales.

En el proceso de articulación multisectorial se observa lo siguiente: La Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de la Tuberculosis (ESN-PCT) en el Perú, es un órgano técnico normativo dependiente de la Dirección General de Salud de las Personas, órgano de línea del Ministerio de Salud, por lo que para el responsable de la Estrategia le es prácticamente imposible realizar todas las acciones necesarias para controlar Ia TBC como:
ü  Coordinar con Ministerios, gobiernos regionales y gobiernos locales, al nivel de toma de decisiones que permitan por ejemplo, incrementar el presupuesto en la estrategia, fortalecer en infraestructura y recursos humanos calificados la estrategia sanitaria en todos los establecimientos de salud del Ministerio de Salud, etc.
ü  Coordinar acciones con Ministerios, gobiernos regionales y gobiernos locales que permitan abordar los determinantes sociales de la tuberculosis como: disminuir el desempleo, la exclusión social, transporte público, etc.
ü  Coordinar con ESSALUD, Sanidad de las FFAA, Sanidad Policial, Sanidad Privada, la implementación de  sistemas de información nacional en tiempo real, la unificación del criterio de tratamiento de los pacientes con tuberculosis, etc.
ü  Coordinar con los gobiernos regionales y municipalidades la entrega y contenido de la canasta de víveres que varía según municipalidad, etc.

Frente a este problema existen varias propuestas, una de ellas es la de designar una autoridad multisectorial que dependa directamente de la Presidencia del Consejo de Ministros o del Presidente de la República y pueda movilizar todos los instrumentos de política pública, y no sólo aquellos que dependen del sector salud, con el fin de controlar el avance de la tuberculosis y brindar una mejor calidad de vida a quienes sufren esta enfermedad. Otra propuesta es la conversión de Estrategia a Programa Nacional, y así existen otras más.
Por lo anteriormente mencionado es necesario que el tema de la articulación multisectorial, sea producto justamente del trabajo multisectorial. Lo cual requerirá una mayor participación y debate para definir los mecanismos de articulación intersectorial.

OBSERVACIÓN N° 4.-


Capítulo X Tratamiento Antituberculosis


Artículo 29. Esquemas de tratamiento
Los esquemas de tratamiento sobre prevención y control de la tuberculosis que apruebe el Ministerio de Salud deben ser implementados en todos los establecimientos de salud públicos y privados del país”.

Teniendo en cuenta la variabilidad en la práctica médica[15] e institucional existente en el país y tratando de tener una definición más amplia de establecimientos de salud públicos y privados, se podría redactar de la siguiente manera:
Los esquemas de diagnostico y tratamiento, sobre prevención y control de la tuberculosis que apruebe el Ministerio de Salud deben ser implementados en todas las Institución Prestadora de Servicios de Salud.

También debería incluirse un artículo donde se determine el periodo de vigencia que debe tener la norma técnica. Garantizando así su actualización, acorde con los avances científicos y con las exigencias de la realidad nacional.

“Artículo 32. Prohibición de venta de medicamentos de primera línea para tuberculosis”.
“32.1     Prohíbase la venta al público de medicamentos de primera línea para tuberculosis en farmacias, boticas y similares”.
Considerando el constante incremento de la TB MDR y de la TB XDR6 se podría redactar de la siguiente manera.

Artículo 32. Prohibición de venta de medicamentos de primera y segunda línea para tuberculosis.
32.1    Prohíbase la venta al público de medicamentos de primera y segunda línea para tuberculosis en farmacias, boticas y similares.

“Artículo 33. Albergues para pacientes con tuberculosis extensamente resistente”
Siguiendo la clasificación de la OMS y en su actual revisión8 se podría redactar de la siguiente manera.
Artículo 33. Albergues para pacientes con tuberculosis extremadamente resistente

“33.3     La iniciativa de los gobiernos regionales y locales para la construcción, equipamiento y funcionamiento de los albergues de tratamiento que tengan como finalidad la atención de los afectados por tuberculosis, debe contar con la asistencia y opinión técnica favorable del Ministerio de Salud desde su planeamiento hasta su funcionamiento”
Con la finalidad de evitar que la opinión favorable del Ministerio de Salud pueda constituir una barrera para la implementación de los albergues, se podría redactar de la siguiente manera:

33.3 La iniciativa de los gobiernos regionales y locales para la construcción, equipamiento y funcionamiento de los albergues de tratamiento que tengan como finalidad la atención de los pacientes TB XMD o TB MDR, debe contar con la asistencia y opinión técnica oportuna y favorable del Ministerio de Salud desde su planeamiento hasta su funcionamiento, debiéndose reglamentar los plazos en que el Ministerio de Salud brinde la asistencia técnica.

“34.1     Toda persona afectada por tuberculosis que hubiera concluido su tratamiento médico con bacteriología negativa tiene derecho a recibir gratuitamente una constancia de término de tratamiento, la cual es entregada en el establecimiento de salud donde fue atendido”.
Tomando en consideración las recomendaciones del informe Tuberculosis Resistente en el Perú[16], se podría redactar de la siguiente manera:

34.1    Toda persona afectada por tuberculosis que hubiera concluido su tratamiento médico con bacteriología negativa tiene derecho a recibir gratuitamente una copia del informe resumen de la historia clínica, de la tarjeta de control y una constancia de término de su tratamiento, basado en el derecho, sin necesidad de tener que presentar justificación alguna, todo ello es entregado en el establecimiento de salud donde fue atendido.

OBSERVACIÓN N° 5.-


Capítulo XI Facilidades para Estudiantes con Tuberculosis e Incorporación de Conocimientos sobre la Tuberculosis en el Currículo Educativo


Artículo 35. Facilidades para estudiantes afectados por tuberculosis
“Las instituciones de educación básica regular y de educación superior otorgan facilidades académicas a los estudiantes afectados por tuberculosis para que puedan cumplir con su atención y tratamiento y la recuperación de su salud, procurando que estos estudiantes no perjudiquen su matrícula o la culminación del año académico”.
Se podría redactar de la siguiente manera:

Todas las instituciones educativas a nivel nacional, sean estas públicas o privadas otorgan las facilidades para que los estudiantes afectados por Tuberculosis puedan cumplir con el tratamiento indicado por su establecimiento de salud. Procurando que estos estudiantes no perjudiquen su matrícula o la culminación del año académico por la enfermedad.

Artículo 36. Incorporación en el diseño curricular la enseñanza de conocimientos sobre tuberculosis

“36.1     El Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Salud, incorpora en el currículo de educación básica regular, la enseñanza de conocimientos en materia sanitaria, que enfatice la prevención de la tuberculosis”.
Tomando en cuenta que este artículo es una oportunidad para implementar en el currículo escolar un curso de cuidado de la salud, se podría redactar de la siguiente manera:

El Ministerio de Educación, en coordinación con el Ministerio de Salud, diseña, elabora e implementa en el currículo de educación básica regular, la enseñanza del cuidado de la salud, donde se incluye los principales problemas de salud que afectan a la población entre ellos la tuberculosis. 

Es muy importante considerar que la educación para la salud y las campañas de promoción de la salud hasta el momento realizadas no han sido suficientes, una prueba palpable y real son los titulares: “Vecinos no aceptan se instale centro para prevención de TB por temor a contagio[17]” del día seis de abril de 2013. Estas reacciones por parte de la población evidencian el elevado nivel de desinformación y estigma social existente hacia la TB.

“36.2     Los gobiernos regionales, a través de las instituciones educativas, son responsables de implementar esta medida.”
Se debería incluir al Ministerio de Educación en esta responsabilidad.
El Ministerio de Educación, los gobiernos regionales, a través de las instituciones educativas, son responsables de implementar esta medida.

OBSERVACIÓN N° 6.-


CAPÍTULO XII Promoción y Fomento de la Investigación


Artículo 37. Promoción de la investigación sobre la tuberculosis

“El gobierno nacional, los gobiernos regionales y locales y las instituciones educativas superiores priorizan y promueven la investigación médico-científica y social sobre la tuberculosis en el Perú.”
Para promover la investigación sobre la tuberculosis se debería crear un fondo económico, que promueva la participación de las universidades, establecimientos de salud, sociedad civil, etc.  Sin ello no se conseguirán resultados a corto o mediano plazo.

Artículo 38. Priorización de solicitudes de autorización de investigaciones sobre tuberculosis

“El Instituto Nacional de Salud (INS) prioriza las solicitudes de autorización para realizar investigaciones médico-científicas sobre la tuberculosis en el Perú y establece, dentro de sus posibilidades presupuestales, incentivos que fomenten las investigaciones que aborden esta enfermedad.”
Para garantizar la seguridad de los participantes en la investigación se podría redactar de la siguiente manera:

El Instituto Nacional de Salud (INS) prioriza las solicitudes de autorización para realizar investigaciones médico-científicas sobre la tuberculosis en el Perú garantizando el más alto nivel de protección de las personas que participan en la investigación acorde con la normatividad vigente y establece, dentro de sus posibilidades presupuestales, incentivos que fomenten las investigaciones que aborden esta enfermedad.

OBSERVACIÓN N° 7.-


Capítulo XII Participación de la sociedad civil e instituciones  En la lucha contra la tuberculosis


Artículo 40. Participación de la sociedad civil en el diseño, implementación y evaluación de políticas

“40.1     La sociedad civil, a través de una organización legalmente constituida, puede participar en el diseño, implementación y evaluación de las políticas públicas que desarrolle el Estado en la prevención y control de la tuberculosis.”
 Se podría completar el ítem 40.1 de la siguiente manera:

40.1    La sociedad civil, a través de una organización legalmente constituida, puede participar en el diseño, aprobación, implementación y evaluación de las políticas públicas que desarrolle el Estado en la prevención y control de la tuberculosis.

Siendo consecuentes con el ítem 40.1, la elaboración del Plan Nacional Contra La Tuberculosis constituye un oportunidad para la realización de una convocatoria nacional de amplia base, que incluya a pacientes, sociedad civil, sociedades científicas, colegios profesionales, universidades, institutos especializados, gobiernos regionales, gobiernos locales, etc., donde luego de los debates multisectoriales se integren y armonicen  los aportes.

Debería de incluirse también artículos que fortalezcan y rediseñen las alianzas estratégicas con la sociedad civil, organizaciones de personas con Tuberculosis, etc., en el marco del empoderamiento del paciente frente a su enfermedad; considerando por ejemplo los aportes del texto Construyendo Alianzas Estratégicas para Detener la Tuberculosis[18] y otros.

OBSERVACIÓN N° 8.-


Capítulo XIV Transparencia y Acceso a la Información


Artículo 44. Transparencia y acceso a la información

“44.1     Las entidades del Estado involucradas en la problemática de la tuberculosis publican periódicamente, a través de los medios de que dispongan, las actividades y estadísticas desarrolladas sobre la promoción de la salud, la prevención y control de la tuberculosis y la rehabilitación de las personas que padecen esta enfermedad.”

Pese a que la TBC es un serio problema de salud pública en el Perú, no existen estadísticas actualizadas de la Tuberculosis. Los datos utilizados en la mayoría de artículos, revisiones, ponencias, proyectos de ley, etc. son del año 2010. Por lo que se podría redactar de la siguiente manera.

44.1    Las entidades del Estado involucradas en la problemática de la tuberculosis publican periódicamente, a través de los medios de que dispongan, las actividades y estadísticas desarrolladas sobre la promoción de la salud, la prevención, tratamiento y control de la tuberculosis y la rehabilitación de las personas que padecen esta enfermedad, bajo responsabilidad.

“44.2     Los informes técnicos sobre la situación de la tuberculosis en el país se publican a través de los medios de que dispongan las entidades del Estado, en un plazo no mayor de cinco meses desde que fueron creados, obtenidos o puestos bajo su control.”
Se podría complementar de la siguiente manera:

44.2    Los informes técnicos sobre la situación de la tuberculosis en el país se publican a través de los medios de que dispongan las entidades del Estado, en un plazo no mayor de cinco meses desde que fueron creados, obtenidos o puestos bajo su control y deben de ser de acceso público.

III.- OPORTUNIDADES DE MEJORA AUSENTES EN EL TEXTO SUSTITUTORIO.



  1. Declarar en Emergencia la Tuberculosis en el país.
  2. El fortalecimiento de la estrategia DOTS y DOST plus.
  3. Medidas referidas a la promoción y prevención de la tuberculosis.
  4. Fortalecimiento del Comité de Evaluación de Retratamiento Nacional y de los Comités de Evaluación de Retratamiento Intermedio.
  5. Garantizar el fortalecimiento en infraestructura y recursos humanos calificados la estrategia sanitaria en todos los establecimientos de salud del Ministerio de Salud.
  6. La educación médica continua como herramienta que aumente el capital humano de todos los trabajadores dedicados a controlar la Tuberculosis.
  7. Fortalecimiento de las alianzas estratégicas con la sociedad civil organizada.
  8. Diseño de incentivos al personal que labora en la estrategia.
  9. Establecer metas y objetivos que permitan evaluar el avance y tomar medidas correctivas.
  10. Promover la realización de una estimación actualizada del gasto que se requiere para controlar la Tuberculosis.
  11. Considerar a la Atención Primaria de Salud fortalecida como la opción para contener el avance de la tuberculosis en el país.


IV. CONCLUSIONES.


  1. El proyecto de Ley es un documento muy importante que responde a un serio problema de salud pública que afecta al País.
  2. Existe una gran oportunidad de tomar medidas contundentes, serías, técnicas para controlar la Tuberculosis en el país.
  3. El objetivo general del proyecto de ley no se corresponde a su contenido.
  4. Se requiere la participación de equipos multisectoriales para diseñar los mecanismos de articulación entre los sectores involucrados en la prevención y el control de la tuberculosis, objetivo general de la presente norma.
  5. Para poder controlar la Tuberculosis en el país, se requiere abordar de manera integral los Determinantes Sociales de la Tuberculosis.
  6. La elaboración del Plan Nacional Contra La Tuberculosis constituye un oportunidad para la realización de una convocatoria nacional de amplia base, que incluya a pacientes, sociedad civil, sociedades científicas, colegios profesionales, universidades, institutos especializados, gobiernos regionales, gobiernos locales, etc., donde luego de un amplio debate multisectorial se integren y armonicen  los aportes.


 



IV.- REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS



[1] Dictamen recaído en los proyectos de ley 1151/2011-cr y 1536/2012-cr, con un texto sustitutorio por el cual se propone la Ley de Prevención y Control de la Tuberculosis en el Perú.
[2] Md. Mg En Salud Pública Internacional.


[1] / Alianza Alto a la Tuberculosis. Plan Mundial para Detener La Tuberculosis 2006 – 2015 . [cited 2013 Abr 13];Available from:

[2]  Mendoza-Ticona Alberto. Tuberculosis as occupational disease. Rev Peru Med Exp Salud Publica  [serial on the Internet]. 2012  June [cited  2013  Abr  14] ;  29(2): 232-236. Available from: http://www.scielosp.org/scielo.php?script=sci_arttext&pid=S1726-46342012000200011&lng=en

[3]  MINSA. Perú alcanzo la meta del milenio en Tuberculosis. Nota de Prensa. [cited 2013 Abr 13];Available from: http://www.minsa.gob.pe/portada/prensa/mas_notas.asp?nota=12384

[4] OPS. Tuberculosis en la región de las Américas-Informe Regional 2011.[cited 2013 Abr 16];Available from:  http://new.paho.org/hq/index.php?option=com_docman&task=doc_view&gid=19511&Itemid=

[5]  OMS. Advertencia sobre la amenaza de la tuberculosis. [cited 2013 Abr 13];Available from: http://www.who.int/mediacentre/news/releases/2013/tuberculosis_threat_20130318/es/index.html

[6]  MINSA. Estrategia Sanitaria Nacional de Prevención y Control de la Tuberculosis ESN-PCT. Recursos de Información ''Estadísticas'' - Nivel Nacional. [cited 2013 Abr 12];Available from:

[7]  OMS. Declaración de Adelaida Sobre la Salud en Todas las Políticas. Available from: http://www.who.int/social_determinants/spanish_adelaide_statement_for_web.pdf

[8] OMS. Global Tuberculosis Report 2012. [cited 2013 Abr 15]; Available from: http://apps.who.int/iris/bitstream/10665/75938/1/9789241564502_eng.pdf

[9] OMS. Definiciones Tuberculosis. [cited 2013 Abr 12];Available from: http://www.who.int/tb/publications/2009/airborne/background/definition/es/index.html

[10]   OMS.  Revision of definitions and reporting framework for tuberculosis launched. [cited 2013 Abr 15]; Avaliable from: http://apps.who.int/iris/bitstream/10665/79199/1/9789241505345_eng.pdf

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